El Presidente Sebastián Piñera anunció la creación del Ingreso Familiar de Emergencia Laboral, beneficio que será entregado a todas las personas que logren encontrar un trabajo formal durante este 2021, sumándose a la extensión del Ingreso Familiar de Emergencia Universal hasta noviembre.
De acuerdo a lo explicado por el Mandatario, se trata de un subsidio mensual, que se pagará directamente al trabajador y se sumará a las remuneraciones que ellos obtengan, medida que busca incentivar la creación de 500 mil nuevos empleos formales.
En detalle, en el caso de los hombres, el subsidio entregará el 50% de su remuneración, con un tope de $200 mil mensuales. Por su parte, para las mujeres será un 60% de su remuneración, con un tope máximo de $250 mil.
Adicionalmente, se fortalecerá el apoyo a los microempresarios, a través del robustecimiento de los Programas del Fosis, ayudando así al re emprendimiento a 200 mil microempresarios.
El nuevo ILE considera varias restricciones y requerimientos para poder acceder a él, uno de los más importantes es saber qué tipo de contrato considera para poder postular:
¿Cuáles son los requerimientos para obtener el beneficio?
- Se debe mantener la condición de trabajador dependiente, por lo que el subsidio finaliza con el término de la relación laboral.
- Bastará con que el empleador, al menos, realice la declaración y no pago de las cotizaciones previsionales durante la vigencia del beneficio (pensión o salud).
- Renta mínima bruta del trabajador debe ser igual o menor a tres ingresos mínimos durante la vigencia del beneficio.
¿Cuáles son las causales de suspensión?
- No puede existir declaración ni pago de cotizaciones durante dos meses consecutivos mientras dure el beneficio.
- También se considera que el trabajador haya sido suspendido según las disposiciones de la Ley de Protección del empleo.
- Que el trabajador beneficiario acceda auna licencia médica mientras obtiene la ayuda.
¿Cuáles son las restricciones?
- El trabajador con múltiples empleadores solo podrá recibir un Ingreso Laboral de Emergencia.
¿Y las compatibilidades?
- Hay compatibilidad con el subsidio Contrata, por lo que empleador y trabajador pueden estar subsidiados.
- Una trabajadora puede recibir el subsidio Protege y el ILE: por haber iniciado una nueva relación laboral y para destinar al cuidado de sus niños menores de dos años.
- También es compatible la reducción temporal de la jornada de trabajo
- Con el Ingreso Familiar de Emergencia.
- Con el Ingreso Mínimo Garantizado.
- El bono Trabajo Mujer
- El subsidio Empleo Joven.
¿Quienes no pueden obtenerlo?
- Trabajadores que estén recibiendo algunos de los beneficios establecidos en la Ley de Crianza Protegida.
- Aquel que tenga los efectos del contrato de trabajo suspendidos de acuerdo a la Ley de Protección del Empleo.
- Los trabajadores del sector público.
- Empleados que estén gozando de licencia médica al momento de la solicitud (considera pre y posnatal).
¿Qué tipo de contrato se considera para poder postular?
Para acceder al IFE Laboral se consideran cinco tipos de contratos:
- Indefinido
- A plazo fijo
- Por obra o faena determinada
- De temporada
- Part-time