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El Presidente Sebastián Piñera anunció la creación del Ingreso Familiar de Emergencia Laboral, beneficio que será entregado a todas las personas que logren encontrar un trabajo formal durante este 2021, sumándose a la extensión del Ingreso Familiar de Emergencia Universal hasta noviembre.

De acuerdo a lo explicado por el Mandatario, se trata de un subsidio mensual, que se pagará directamente al trabajador y se sumará a las remuneraciones que ellos obtengan, medida que busca incentivar la creación de 500 mil nuevos empleos formales.

En detalle, en el caso de los hombres, el subsidio entregará el 50% de su remuneración, con un tope de $200 mil mensuales. Por su parte, para las mujeres será un 60% de su remuneración, con un tope máximo de $250 mil.

Adicionalmente, se fortalecerá el apoyo a los microempresarios, a través del robustecimiento de los Programas del Fosis, ayudando así al re emprendimiento a 200 mil microempresarios.

El nuevo ILE considera varias restricciones y requerimientos para poder acceder a él, uno de los más importantes es saber qué tipo de contrato considera para poder postular:

¿Cuáles son los requerimientos para obtener el beneficio?

  • Se debe mantener la condición de trabajador dependiente, por lo que el subsidio finaliza con el término de la relación laboral.
  • Bastará con que el empleador, al menos, realice la declaración y no pago de las cotizaciones previsionales durante la vigencia del beneficio (pensión o salud).
  • Renta mínima bruta del trabajador debe ser igual o menor a tres ingresos mínimos durante la vigencia del beneficio.

¿Cuáles son las causales de suspensión?

  • No puede existir declaración ni pago de cotizaciones durante dos meses consecutivos mientras dure el beneficio.
  • También se considera que el trabajador haya sido suspendido según las disposiciones de la Ley de Protección del empleo.
  • Que el trabajador beneficiario acceda auna licencia médica mientras obtiene la ayuda.

¿Cuáles son las restricciones?

  • El trabajador con múltiples empleadores solo podrá recibir un Ingreso Laboral de Emergencia.

¿Y las compatibilidades?

  • Hay compatibilidad con el subsidio Contrata, por lo que empleador y trabajador pueden estar subsidiados.
  • Una trabajadora puede recibir el subsidio Protege y el ILE: por haber iniciado una nueva relación laboral y para destinar al cuidado de sus niños menores de dos años.
  • También es compatible la reducción temporal de la jornada de trabajo
  • Con el Ingreso Familiar de Emergencia.
  • Con el Ingreso Mínimo Garantizado.
  • El bono Trabajo Mujer
  • El subsidio Empleo Joven.

¿Quienes no pueden obtenerlo?

  • Trabajadores que estén recibiendo algunos de los beneficios establecidos en la Ley de Crianza Protegida.
  • Aquel que tenga los efectos del contrato de trabajo suspendidos de acuerdo a la Ley de Protección del Empleo.
  • Los trabajadores del sector público.
  • Empleados que estén gozando de licencia médica al momento de la solicitud (considera pre y posnatal).

¿Qué tipo de contrato se considera para poder postular?

Para acceder al IFE Laboral se consideran cinco tipos de contratos:

  • Indefinido
  • A plazo fijo
  • Por obra o faena determinada
  • De temporada
  • Part-time